Resolución General 4892/2020
Nuestro Sistema XPyME SQL en todas sus versiones incorporo desde el 10/05/2021 esta disposición que entrara en vigencia a partir del 01/06/2021.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la implementación obligatoria de un código de respuesta rápida “QR” en los comprobantes electrónicos. El código “QR” podrá ser escaneado por una cámara estándar de un dispositivo celular, tablet o similar con acceso a internet y brindará información sobre el comprobante y el emisor del mismo.
Esta medida alcanza a todos los contribuyentes y/o responsables cuya autorización de emisión de comprobantes electrónicos, se haya tramitado en los términos del “Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos” establecido por la Resolución General N° 4.291.
Vigencia y aplicación
Las disposiciones de la Resolución General 4892/2020 entrarán en vigencia el día 24 de diciembre de 2020 y resultarán de aplicación desde ese mismo día; excepto para sujetos que tramiten la autorización de emisión de comprobantes electrónicos mediante el intercambio de información basado en el “WebService”, en cuyo caso la obligatoriedad de incorporar el código “QR” será conforme se indica a continuación: FECHA DE VIGENCIA A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2021